Febrero 10, 2019
Diácono Mario Zúniga
Pregunta: Antonio de la Iglesia San Antonio.
Primera Parte
La indulgencia es la remisión ante Dios de la ‘pena temporal’ por los pecados ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un creyente dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual como administradora de la redención distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos.
La doctrina y la práctica de las indulgencias en la Iglesia están estrechamente ligadas a los efectos del sacramento de la Reconciliación o Confesión.
Para entender la doctrina y práctica de las indulgencias, es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia. El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la vida eterna, dicha privación se llama la “pena eterna” del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, lleva al apego desordenado que es necesario purificar, ya sea aquí en la tierra, o después de la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama la “pena temporal’ del pecado.
La “pena eterna” y la “pena temporal” no deben ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado. Una conversión que procede de una ferviente caridad puede llegar a la total purificación del pecado, de modo que no subsistiera ninguna pena.
Parte de los efectos espirituales del sacramento de la Reconciliación, es la remisión de la “pena eterna’ contraída por los pecados mortales; así como también la remisión al menos en parte, de las “penas temporales’, las cuales permanecen a consecuencia del pecado.
Las indulgencias se obtienen por la Iglesia que, en virtud del poder de atar y desatar que le fue concedido por Cristo Jesús, interviene a favor de un cristiano y le abre el Tesoro de los Méritos de Cristo y de todos los santos para obtener del Padre de la Misericordia, la remisión de las “penas temporales” por sus pecados. Por eso la Iglesia no quiere solamente acudir en ayuda de este cristiano, sino también impulsarlo a hacer obras de piedad, de penitencia y de caridad.
Las Sagradas Escrituras nos dicen que solo los limpios de corazón verán al Señor, tenemos que estar espiritualmente más blancos que la nieve. El salmo 50 dice: “un corazón arrepentido, Dios nunca lo desprecia”
El cristiano que quiere purificarse de su pecado y santificarse con la ayuda de la gracia de Dios no se encuentra solo.
De la misma manera forman parte del Tesoro de los Méritos de Cristo, el precio verdaderamente inmenso, inconmensurable y siempre nuevo que tienen ante Dios las oraciones y las buenas obras de la Virgen María y de todos los que se santificaron por la gracia de Cristo siguiendo sus pasos, y que realizaron una obra agradable al Padre, de manera que, trabajando en su propia salvación, cooperaron igualmente a la salvación de sus hermanos en la unidad del Cuerpo Místico.
Mediante las indulgencias, los fieles pueden alcanzar para sí mismos y también para las almas del Purgatorio la remisión de las “penas temporales’, consecuencia de los pecados.
La Iglesia, también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia a favor de los difuntos, para que una vez purificados, puedan llegar a la presencia de Dios.
La indulgencia puede ser parcial o plenaria según libere de la “pena temporal’ debida por los pecados en parte o totalmente.
Todo fiel puede aplicar a las indulgencias parciales o plenarias por sí mismo o por los difuntos, a manera de sufragio.
Diácono Mario Zúniga es diácono de Misión Dolores.